Discussion:
Factura de reparación con franquicia.
(demasiado antiguo para responder)
Pepe López
2004-09-21 17:00:03 UTC
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Buenas tardes a todos. He recibido una factura de reparación de un vehículo
en la que me aparece la base imponible, el IVA correspondiente y el total, y
tras esto le restan 240 de la franquicia del seguro. ¿Dónde contabilizaría
esa franquicia?. Gracias.
EDU/JU
2004-09-27 16:45:00 UTC
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¿Se trata de contabilizar la factura por parte de la aseguradora o del
asegurado?
Saludos.
Post by Pepe López
Buenas tardes a todos. He recibido una factura de reparación de un vehículo
en la que me aparece la base imponible, el IVA correspondiente y el total, y
tras esto le restan 240 de la franquicia del seguro. ¿Dónde contabilizaría
esa franquicia?. Gracias.
Pepe López
2004-09-28 09:59:06 UTC
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Nosotros somos el asegurado y ese es el punto de vista que quiero
contabilizar.
Post by EDU/JU
¿Se trata de contabilizar la factura por parte de la aseguradora o del
asegurado?
Saludos.
Post by Pepe López
Buenas tardes a todos. He recibido una factura de reparación de un
vehículo
Post by Pepe López
en la que me aparece la base imponible, el IVA correspondiente y el
total,
Post by EDU/JU
y
Post by Pepe López
tras esto le restan 240 de la franquicia del seguro. ¿Dónde contabilizaría
esa franquicia?. Gracias.
EDU/JU
2004-09-28 19:07:49 UTC
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En tal caso solamente tendrás que contabilizar como gasto el importe a cargo
del asegurado, o sea la franquicia. Suponiendo que el propio siniestro no
diera lugar a ningún asiento contable, a la vista de que el importe no es
muy elevado, creo que lo mejor es que contabilices la franquicia en la
cuenta 622 "Reparaciones y conservación". Por cierto que me llama la
atención que la empresa aseguradora se haga cargo del IVA, no suele ser lo
normal.
Saludos.
Post by Pepe López
Nosotros somos el asegurado y ese es el punto de vista que quiero
contabilizar.
Pepe López
2004-09-29 07:02:58 UTC
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Perdona que no lo haya indicado, pero la compañía no se hará cargo del IVA.
Según he entendido debo contabilizar la factura sólo por la parte de la
franquicia pero, ¿no hay problema porque la factura sea de más importe?.
Post by EDU/JU
En tal caso solamente tendrás que contabilizar como gasto el importe a cargo
del asegurado, o sea la franquicia. Suponiendo que el propio siniestro no
diera lugar a ningún asiento contable, a la vista de que el importe no es
muy elevado, creo que lo mejor es que contabilices la franquicia en la
cuenta 622 "Reparaciones y conservación". Por cierto que me llama la
atención que la empresa aseguradora se haga cargo del IVA, no suele ser lo
normal.
Saludos.
Post by Pepe López
Nosotros somos el asegurado y ese es el punto de vista que quiero
contabilizar.
EDU/JU
2004-09-29 11:03:28 UTC
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Visto que la aseguradora no se hace cargo del IVA, para contabilizar
correctamente la factura es necesario que aportes una información más
completa, concretamente es necesario saber lo siguiente:
1.- La factura va a nombre de tu empresa (el asegurado) o a nombre de la
aseguradora.
2.- ¿Cómo se paga la factura?, ¿el asegurado paga la totalidad y luego la
aseguradora le reembolsa su parte o el taller de reparación se encarga de
cobrar directamente a la aseguradora?.
Suponiendo que la factura se emita a nombre del asegurado y éste pague el
total y luego la aseguradora le pague su parte, si la factura fuese como
sigue:
Importe reparación: 1.000
IVA16% 160
Total a pagar 1.160
Franquicia 240
Importe a rembolsar por aseguradora: 760
Los asientos a realizar serían:
1.- A la recepción y pago al contado de la factura:
240 (622)
160 (472)
760 (554)
a (572) 1.160
Nota: La cuenta 554 puede tener la siguiente denominación "Cuenta corriente
por suplidos" y se utiliza para recoger el pago realizado por cuanta de la
aseguradora.

2.- Por el cobro a la aseguradora:
760 (572) a (554) 760
Saludos.




_________________________
Post by Pepe López
Perdona que no lo haya indicado, pero la compañía no se hará cargo del IVA.
Según he entendido debo contabilizar la factura sólo por la parte de la
franquicia pero, ¿no hay problema porque la factura sea de más importe?.
Post by EDU/JU
En tal caso solamente tendrás que contabilizar como gasto el importe a
cargo
Post by EDU/JU
del asegurado, o sea la franquicia. Suponiendo que el propio siniestro no
diera lugar a ningún asiento contable, a la vista de que el importe no es
muy elevado, creo que lo mejor es que contabilices la franquicia en la
cuenta 622 "Reparaciones y conservación". Por cierto que me llama la
atención que la empresa aseguradora se haga cargo del IVA, no suele ser lo
normal.
Saludos.
Post by Pepe López
Nosotros somos el asegurado y ese es el punto de vista que quiero
contabilizar.
Pepe López
2004-09-30 07:07:48 UTC
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Efectivamente la factura viene a nombre nuestro (el asegurado) pero el pago
lo va a hacer directamente la compañía al taller por la parte que se hace
cargo, es decir, el importe de la factura menos la franquicia y el IVA.

Yo había pensado contabilizar la factura como un gasto de reparación normal
y cancelarla con la parte que nosotros pagamos y el resto con un ingreso
extraordinario por la parte que paga la aseguradora.
Post by EDU/JU
Visto que la aseguradora no se hace cargo del IVA, para contabilizar
correctamente la factura es necesario que aportes una información más
1.- La factura va a nombre de tu empresa (el asegurado) o a nombre de la
aseguradora.
2.- ¿Cómo se paga la factura?, ¿el asegurado paga la totalidad y luego la
aseguradora le reembolsa su parte o el taller de reparación se encarga de
cobrar directamente a la aseguradora?.
Suponiendo que la factura se emita a nombre del asegurado y éste pague el
total y luego la aseguradora le pague su parte, si la factura fuese como
Importe reparación: 1.000
IVA16% 160
Total a pagar 1.160
Franquicia 240
Importe a rembolsar por aseguradora: 760
240 (622)
160 (472)
760 (554)
a (572) 1.160
Nota: La cuenta 554 puede tener la siguiente denominación "Cuenta corriente
por suplidos" y se utiliza para recoger el pago realizado por cuanta de la
aseguradora.
760 (572) a (554) 760
Saludos.
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Post by Pepe López
Perdona que no lo haya indicado, pero la compañía no se hará cargo del
IVA.
Post by Pepe López
Según he entendido debo contabilizar la factura sólo por la parte de la
franquicia pero, ¿no hay problema porque la factura sea de más importe?.
Post by EDU/JU
En tal caso solamente tendrás que contabilizar como gasto el importe a
cargo
Post by EDU/JU
del asegurado, o sea la franquicia. Suponiendo que el propio siniestro
no
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
diera lugar a ningún asiento contable, a la vista de que el importe no
es
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
muy elevado, creo que lo mejor es que contabilices la franquicia en la
cuenta 622 "Reparaciones y conservación". Por cierto que me llama la
atención que la empresa aseguradora se haga cargo del IVA, no suele
ser
Post by EDU/JU
lo
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
normal.
Saludos.
Post by Pepe López
Nosotros somos el asegurado y ese es el punto de vista que quiero
contabilizar.
EDU/JU
2004-09-30 08:20:25 UTC
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Si se contabiliza la factura como un gasto ordinario (por ejemplo;
reparaciones), el ingreso obtenido de la aseguradora se tendría que
contabilizar como ingreso ordinario (no como ingreso extraordinario), para
ello se debería utilizar la cuenta 756 "Ingresos por indemnizaciones de
seguros por siniestros en la actividad ordinaria".
Por otra parte, el sistema de contabilizar toda la factura como gasto, sería
correcto si el asegurado se hiciera cargo de su total pago, ya que adquiere
esa obligación con el taller de reparaciones; pero, al pagar el asegurado su
parte y la aseguradora la suya, es mejor contabilizar solamente lo que le
corresponde; al no coincidir el total de la factura con el asiento contable
conviene hacer una anotación explicativa en la propia factura. En
definitiva, el asiento a realizar sería (suponiendo que se paga al contado):
240 (622)
160 (472)
a (572) 400
Saludos.
__________________________________
Post by Pepe López
Efectivamente la factura viene a nombre nuestro (el asegurado) pero el pago
lo va a hacer directamente la compañía al taller por la parte que se hace
cargo, es decir, el importe de la factura menos la franquicia y el IVA.
Yo había pensado contabilizar la factura como un gasto de reparación normal
y cancelarla con la parte que nosotros pagamos y el resto con un ingreso
extraordinario por la parte que paga la aseguradora.
Post by EDU/JU
Visto que la aseguradora no se hace cargo del IVA, para contabilizar
correctamente la factura es necesario que aportes una información más
1.- La factura va a nombre de tu empresa (el asegurado) o a nombre de la
aseguradora.
2.- ¿Cómo se paga la factura?, ¿el asegurado paga la totalidad y luego la
aseguradora le reembolsa su parte o el taller de reparación se encarga de
cobrar directamente a la aseguradora?.
Suponiendo que la factura se emita a nombre del asegurado y éste pague el
total y luego la aseguradora le pague su parte, si la factura fuese como
Importe reparación: 1.000
IVA16% 160
Total a pagar 1.160
Franquicia 240
Importe a rembolsar por aseguradora: 760
240 (622)
160 (472)
760 (554)
a (572) 1.160
Nota: La cuenta 554 puede tener la siguiente denominación "Cuenta
corriente
Post by EDU/JU
por suplidos" y se utiliza para recoger el pago realizado por cuanta de la
aseguradora.
760 (572) a (554) 760
Saludos.
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Post by Pepe López
Perdona que no lo haya indicado, pero la compañía no se hará cargo del
IVA.
Post by Pepe López
Según he entendido debo contabilizar la factura sólo por la parte de la
franquicia pero, ¿no hay problema porque la factura sea de más importe?.
Post by EDU/JU
En tal caso solamente tendrás que contabilizar como gasto el importe a
cargo
Post by EDU/JU
del asegurado, o sea la franquicia. Suponiendo que el propio siniestro
no
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
diera lugar a ningún asiento contable, a la vista de que el importe no
es
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
muy elevado, creo que lo mejor es que contabilices la franquicia en la
cuenta 622 "Reparaciones y conservación". Por cierto que me llama la
atención que la empresa aseguradora se haga cargo del IVA, no suele
ser
Post by EDU/JU
lo
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
normal.
Saludos.
Post by Pepe López
Nosotros somos el asegurado y ese es el punto de vista que quiero
contabilizar.
Pepe López
2004-10-01 14:28:27 UTC
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Aparte del aspecto contable, al haber emitido el taller reparador la factura
a mi nombre lo va a incluir en el 347 (me lo han dicho ellos mismos) con lo
que me descuadraría a mí. ¿Sería correcto que uno de los dos modificara los
datos de su contabilidad para que los dos 347 coincidan?, ¿cuál de los dos
debería hacerlo?.
Post by EDU/JU
Si se contabiliza la factura como un gasto ordinario (por ejemplo;
reparaciones), el ingreso obtenido de la aseguradora se tendría que
contabilizar como ingreso ordinario (no como ingreso extraordinario), para
ello se debería utilizar la cuenta 756 "Ingresos por indemnizaciones de
seguros por siniestros en la actividad ordinaria".
Por otra parte, el sistema de contabilizar toda la factura como gasto, sería
correcto si el asegurado se hiciera cargo de su total pago, ya que adquiere
esa obligación con el taller de reparaciones; pero, al pagar el asegurado su
parte y la aseguradora la suya, es mejor contabilizar solamente lo que le
corresponde; al no coincidir el total de la factura con el asiento contable
conviene hacer una anotación explicativa en la propia factura. En
240 (622)
160 (472)
a (572) 400
Saludos.
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Post by Pepe López
Efectivamente la factura viene a nombre nuestro (el asegurado) pero el
pago
Post by Pepe López
lo va a hacer directamente la compañía al taller por la parte que se hace
cargo, es decir, el importe de la factura menos la franquicia y el IVA.
Yo había pensado contabilizar la factura como un gasto de reparación
normal
Post by Pepe López
y cancelarla con la parte que nosotros pagamos y el resto con un ingreso
extraordinario por la parte que paga la aseguradora.
Post by EDU/JU
Visto que la aseguradora no se hace cargo del IVA, para contabilizar
correctamente la factura es necesario que aportes una información más
1.- La factura va a nombre de tu empresa (el asegurado) o a nombre de la
aseguradora.
2.- ¿Cómo se paga la factura?, ¿el asegurado paga la totalidad y luego
la
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
aseguradora le reembolsa su parte o el taller de reparación se encarga
de
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
cobrar directamente a la aseguradora?.
Suponiendo que la factura se emita a nombre del asegurado y éste pague
el
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
total y luego la aseguradora le pague su parte, si la factura fuese como
Importe reparación: 1.000
IVA16% 160
Total a pagar 1.160
Franquicia 240
Importe a rembolsar por aseguradora: 760
240 (622)
160 (472)
760 (554)
a (572) 1.160
Nota: La cuenta 554 puede tener la siguiente denominación "Cuenta
corriente
Post by EDU/JU
por suplidos" y se utiliza para recoger el pago realizado por cuanta
de
Post by EDU/JU
la
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
aseguradora.
760 (572) a (554) 760
Saludos.
_________________________
Post by Pepe López
Perdona que no lo haya indicado, pero la compañía no se hará cargo del
IVA.
Post by Pepe López
Según he entendido debo contabilizar la factura sólo por la parte de
la
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
Post by Pepe López
franquicia pero, ¿no hay problema porque la factura sea de más
importe?.
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
En tal caso solamente tendrás que contabilizar como gasto el
importe
Post by EDU/JU
a
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
Post by Pepe López
cargo
Post by EDU/JU
del asegurado, o sea la franquicia. Suponiendo que el propio
siniestro
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
no
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
diera lugar a ningún asiento contable, a la vista de que el
importe
Post by EDU/JU
no
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
es
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
muy elevado, creo que lo mejor es que contabilices la franquicia
en
Post by EDU/JU
la
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
cuenta 622 "Reparaciones y conservación". Por cierto que me llama la
atención que la empresa aseguradora se haga cargo del IVA, no suele
ser
Post by EDU/JU
lo
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
normal.
Saludos.
Post by Pepe López
Nosotros somos el asegurado y ese es el punto de vista que quiero
contabilizar.
EDU/JU
2004-10-02 07:48:09 UTC
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Es razonable, aunque solo en parte, que el taller incluya a tu nombre el
100% de la factura; digo que solo en parte, porque alguna relación va a
tener con la aseguradora ya que ésta, lógicamente, al pagar su parte le
exigirá un justificante (aparte de que le facilitará algún dato para que le
haga el pago).
Ante este situación hay que tener en cuenta todas las circunstancias y
decidir cuál es la solución más adecuada, sin olvidar que, estrictamente,
desde el punto de vista contable, de acuerdo con la consulta nº 1 del BOICAC
nº19, la parte correspondiente a la aseguradora es una operación por su
cuenta y, solo daría lugar a anotaciones por los movimientos de tesorería y,
en este caso, no hay tales. Por tanto, la parte de la aseguradora no debería
contabilizarse.
A efectos del 347, tampoco debería incluirse y se podría justificar el
descuadre con el proveedor con la anotación hecha en la propia factura. No
obstante, si la información a incluir en el 347 se obtiene directamente de
la contabilidad y todo esto supone mucho embrollo o se quieren evitar las
explicaciones a Hacienda, teniendo en cuenta el reducido importe de la
operación, puede resultar más práctico contabilizar el total de la factura y
el pago de la aseguradora como un ingreso en la 756. Eso sí, sin olvidar que
lo que no se ajustará a la realidad es la cifra de negocios, pero la
diferencia con la real será pequeña.
Saludos.


___________
Post by Pepe López
Aparte del aspecto contable, al haber emitido el taller reparador la factura
a mi nombre lo va a incluir en el 347 (me lo han dicho ellos mismos) con lo
que me descuadraría a mí. ¿Sería correcto que uno de los dos modificara los
datos de su contabilidad para que los dos 347 coincidan?, ¿cuál de los dos
debería hacerlo?.
Post by EDU/JU
Si se contabiliza la factura como un gasto ordinario (por ejemplo;
reparaciones), el ingreso obtenido de la aseguradora se tendría que
contabilizar como ingreso ordinario (no como ingreso extraordinario), para
ello se debería utilizar la cuenta 756 "Ingresos por indemnizaciones de
seguros por siniestros en la actividad ordinaria".
Por otra parte, el sistema de contabilizar toda la factura como gasto,
sería
Post by EDU/JU
correcto si el asegurado se hiciera cargo de su total pago, ya que
adquiere
Post by EDU/JU
esa obligación con el taller de reparaciones; pero, al pagar el
asegurado
Post by Pepe López
su
Post by EDU/JU
parte y la aseguradora la suya, es mejor contabilizar solamente lo que le
corresponde; al no coincidir el total de la factura con el asiento
contable
Post by EDU/JU
conviene hacer una anotación explicativa en la propia factura. En
definitiva, el asiento a realizar sería (suponiendo que se paga al
240 (622)
160 (472)
a (572) 400
Saludos.
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Post by Pepe López
Efectivamente la factura viene a nombre nuestro (el asegurado) pero el
pago
Post by Pepe López
lo va a hacer directamente la compañía al taller por la parte que se
hace
Post by EDU/JU
Post by Pepe López
cargo, es decir, el importe de la factura menos la franquicia y el IVA.
Yo había pensado contabilizar la factura como un gasto de reparación
normal
Post by Pepe López
y cancelarla con la parte que nosotros pagamos y el resto con un ingreso
extraordinario por la parte que paga la aseguradora.
Post by EDU/JU
Visto que la aseguradora no se hace cargo del IVA, para contabilizar
correctamente la factura es necesario que aportes una información más
1.- La factura va a nombre de tu empresa (el asegurado) o a nombre
de
Post by Pepe López
la
Post by EDU/JU
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aseguradora.
2.- ¿Cómo se paga la factura?, ¿el asegurado paga la totalidad y luego
la
Post by Pepe López
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aseguradora le reembolsa su parte o el taller de reparación se encarga
de
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
cobrar directamente a la aseguradora?.
Suponiendo que la factura se emita a nombre del asegurado y éste pague
el
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
total y luego la aseguradora le pague su parte, si la factura fuese
como
Post by EDU/JU
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
Importe reparación: 1.000
IVA16% 160
Total a pagar 1.160
Franquicia 240
Importe a rembolsar por aseguradora: 760
240 (622)
160 (472)
760 (554)
a (572) 1.160
Nota: La cuenta 554 puede tener la siguiente denominación "Cuenta
corriente
Post by EDU/JU
por suplidos" y se utiliza para recoger el pago realizado por cuanta
de
Post by EDU/JU
la
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
aseguradora.
760 (572) a (554) 760
Saludos.
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Perdona que no lo haya indicado, pero la compañía no se hará cargo
del
Post by EDU/JU
Post by Pepe López
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IVA.
Post by Pepe López
Según he entendido debo contabilizar la factura sólo por la parte de
la
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
Post by Pepe López
franquicia pero, ¿no hay problema porque la factura sea de más
importe?.
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
En tal caso solamente tendrás que contabilizar como gasto el
importe
Post by EDU/JU
a
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
Post by Pepe López
cargo
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del asegurado, o sea la franquicia. Suponiendo que el propio
siniestro
Post by Pepe López
Post by EDU/JU
no
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diera lugar a ningún asiento contable, a la vista de que el
importe
Post by EDU/JU
no
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Post by EDU/JU
es
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muy elevado, creo que lo mejor es que contabilices la franquicia
en
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la
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cuenta 622 "Reparaciones y conservación". Por cierto que me
llama
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la
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atención que la empresa aseguradora se haga cargo del IVA, no
suele
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ser
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lo
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normal.
Saludos.
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Nosotros somos el asegurado y ese es el punto de vista que
quiero
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